viernes, 28 de enero de 2011

LA DGT AUTORIZA EL ERE

En el día de hoy la Dirección General de Trabajo emitía informe FAVORABLE aujtorizando a la empresa Newco a llevar a cabo hasta un maximo de 95 extinciones de contratos de las 142 que inicialmente solicitaba la empresa.
Autoriza igualemte los acuerdos alcanzados con los diferentes comités de empresa en cada una de las bases afectadas, aceptando igualmente las medidas de acompañamiento que en estos se recogen.
A partir de la fecha se abre un periodo de 7 días de duración (hasta el próximo domingo 6 de febrero) para poder realizar las posibles adscripciones voluntarias que hubiere. Tanto a extinciones, como a cualquier otra medida de acompañamiento que a continuación os recordamos:
EXTINCIÓN DE CONTRATO VOLUNTARIA. Indemnizados con 35 días/año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. Para su cáculo se tendrán en cuenta las doce últimas mensualidades, incluyendo variables y prorrateo de pagas. Esta indemnización esta EXENTA de retenciones.
TRASLADOS. Antes de llevar a cabo la extinción de contrato se puede optar por solicitar un traslado a aquellas bases donde hubiere vacantes (principalmente BCN). Para estos supuestos se ha acordado una ayuda económica de 2000€ más un día adicional a lo recogido en Conevnio para estos casos.
NOVACIONES DE JORNADA. Como medida para aminorar los afectados por el ERE se oferta la posibilidad de acogerse a reducciones de jornada ya sean de caracter definitivo, como temporal, por periodos de 18 a 24 meses. Estas novaciones de jornada conllevan a quienes se acojan a esta medida la compensación económica en un único pago que va desde los 500 a los 4500€.
SUSPENSIÓN DE CONTRATO // PARO DIFERIDO. los acuerdos alcanzados recogen la posibilidad de dejar de prestar los servicios durante un tiempo entre los 18 y 24 meses. Dependiendo de la modalidad esta suspensión puede ser con reserva del puesto de trabajo. Para los casos en que la reserva del puesto de trabajo no este asegurada, la indemnización por extinción de contrato sería la misma que la acordada para cualquier tipo de extinción. (35 días/año).
Durante el plazo establecido para las adscripciones voluntarias a cualquiera de las medidas ofertadas se recogerán todas las solictudes existentes. Esta solicitud de adscripición voluntaria podéis recogerlas en las propias jefaturas y departamentos de personal de vuestras bases.
Una vez finalizado este plazo, las diferentes comisiones de seguimiento determinarán, conforme a los criterios en cada caso establecidos, los afectados forzosos por este expediente regulador.
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Además del groso de este expediente hasta aquí detallado, los acuerdos alcanzados en esta ocasión han garantizado la representatividad de los centros afectados.
Los acuerdos han respondido de una manera justa y responsable a la situación real de trabajo actual, evitando el exceso en el nº de despidos y atendiendo a la necesidad operativa de la empresa y de la pérdida de actividad.
El acuerdo establece fecha de caducidad para la aplicación de este ERE (JUN11) e impide que se lleven a cabo extinciones forzosas antes de finalizar con la totalidad de las adscripiciones voluntarias, garantizando aún más su correcta aplicación.
Los acuerdos han respetado todas las condiciones acordadas en el Convenio, evitando la introducción de nuevos elementos que precarizan más la situación laboral, ya sean polifuncionalidad, jornadas irregulares, flexibilidad, etc permitiéndo incluso la negociación del II Convenio de Newco.
Recordaros que especilamente en estos días estamos a vuestra entera disposición para aclarar cualquier posible duda que pudiera crearse u otro asesoramiento que podáis necesitar.
Para nuestras afiliadas y afiliados tenéis a vuestra disposición el gabinete jurídico de CC.OO. para resolver de forma gratuita todo tipo de consulta, cálculo o gestión.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Finalmente tienen dos meses para echar a los voluntarios? Si es así, ¿sería contando desde ayer, o desde el 7 de febrero?

NEWCCOO dijo...

Existe un plazo máximo de 2 meses para extinguir las adscripciones voluntarias.
Este plazo es desde la fecha de autorización del ERE.