lunes, 17 de agosto de 2009

BAJAS AL ALZA


Después de más de cinco años de acciones legales, el esfuerzo y colaboración de muchas y muchos da sus frutos. Os damos traslado de la carta enviada por la Jefa de RR.LL. en contestación a una reclamación de abono días de ausencias justificadas, tramitada por esta Sección Sindical:

En contestación a su reclamación cursada por el Dpto de Personal de su base [...], procederemos a abonarle la cantidad descontada por dicho absentismo en la nómina del mes de junio de 2009.”
“Así mismo le informamos que si bien es intención por parte de la empresa el proceder al cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional nº 107/2007 de 23/11/2007, procederemos en los términos exactos de dicha resolución: “Estima la demanda declarando el derecho de los trabajadores de la empresa Newco procedentes de Spanair al percibo íntegro de su salario en los supuestos de ausencias justificadas derivadas de enfermedad o indisposición siempre que no excedan de tres días de duración y se acrediten documentalmente dichas situaciones por el trabajador afectado”

“Por lo que anteriormente expuesto es por lo que le rogamos que en el futuro los justificantes médicos que aporte recojan que su ausencia al trabajo está motivada por “enfermedad o indisposición” [...]”


Pese a reconocer la empresa la sentencia, al parecer aún siguen haciendo efectivo los descuentos, esperando a que el afectado o afectada, no realice la obligada reclamación. Para cualquier duda ponte en contacto con tus delegados y delegadas de CC.OO. Esperamos que las demás organizaciones sindicales presentes en la empresa participen de esta mejora y exijan su aplicación. Por supuesto, podrán seguir contando con CC.OO. para conseguir equipar este derecho al resto de trabajadores.